Nivel de Tolerancia de Contratos Abiertos |
Los Niveles de Tolerancia de Contratos Abiertos de una
misma Clase de Contrato de Futuro o bien de Opción que podrá tener
un participante en el Mercado. Asigna establece los límites de acuerdo a lo siguiente: a)
como la diferencia absoluta de posiciones largas y cortas, Neto de
Contratos; y b)
como el número de Contratos Abiertos de la Serie más cercana al
vencimiento (en el mes de vencimiento) y en la fecha de vencimiento o
ejercicio. El objetivo de establecer Niveles de Tolerancia de
Contratos Abiertos es no permitir que un participante del mercado concentre,
salvo que tenga una estrategia de cobertura que muestre a Asigna, una
participación grande en el mercado generando con ello posibilidades de
realizar prácticas no sanas de mercado tanto en el mercado de derivados como
el mercado spot. A continuación, se muestran los Niveles de Tolerancia
de Contratos Abiertos de los Subyacentes actualmente asociados a Contratos de
Futuros y Contratos de Opciones listados en MexDer:
** Posición Límite que no podrá excederse ni
con carta cobertura. NOTA: Las Posiciones de
Cobertura para la Fecha de Vencimiento, Ejercicio y Oferta deberán reportarse
con al menos una semana de anticipación. Para propósitos de los Niveles de Tolerancia de Contratos
Abiertos, los Contratos de Opción que constituyan obligaciones de compra
serán considerados posiciones largas en su respectivo Grupo Límite al
haberlas multiplicado por el factor delta, mientras que los derechos de venta
se considerarán posiciones cortas dentro del Grupo Límite en cuestión después
de ser multiplicadas por el factor delta. Por ejemplo, la Posición Neta para
la serie del contrato "IPC" será calculada de la siguiente manera:
Los clientes de las Cuentas Globales
estarán sujetos a los límites de operación establecidos para los Socios
Liquidadores, Operadores, Administradores de Cuentas Globales y sus
respectivos Clientes, conforme a lo establecido en la fracción m) de la Vigésima
de las “Reglas a las que habrán de sujetarse las sociedades y
fideicomisos que intervengan en el establecimiento y operación de un mercado
de futuros y opciones cotizados en bolsa” (en adelante las Reglas). Las Entidades Financieras del Exterior,
las cuales se encuentran al amparo de la Sexagésima de las
“Disposiciones de carácter prudencial a las que se sujetarán los
participantes del Mercado de Contratos de Derivados”, tendrán la
obligación de monitorear los límites de posición de sus clientes, los cuales
estarán sujetos a los límites establecidos para los Socios Liquidadores,
Operadores, Administradores de Cuentas Globales y sus respectivos Clientes,
conforme a lo establecido en la fracción m) de la Vigésima de las Reglas. Los Socios Liquidadores que deseen
solicitar autorización para mantener una posición abierta superior a la
Posición Límite establecida para una Serie, deberán enviar una carta dirigida
al Director General que contenga la información que
en el Manual de Políticas y Procedimientos de Asigna se puntualiza. Los Niveles de Tolerancia de Contratos
Abiertos establecidas en el cuadro anterior son revisadas por un Subcomité de
Riesgos y, consecuentemente, modificadas en términos de los Reglamentos
Interiores de MexDer y Asigna. |
Fecha
de última modificación 25 de Abril de 2024